miércoles, 20 de noviembre de 2019

ACUERDOS INTERNACIONALES


Acuerdos internacionales

Comité de Montes - 15º período de sesiones


Resultado de imagen de EMOJI DARSE LA MANO PNGEl 15º período de sesiones del Comité de Montes (COFO) se celebró en la sede de la FAO en Roma del 12 al 16 de marzo de 2001. Asistieron a las sesiones delegados de 101 de los países miembros del Comité -incluyendo jefes de los servicios forestales y otros altos funcionarios estatales- y observadores de países no miembros, organismos de las Naciones Unidas, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales.
El COFO es el más importante de los órganos estatutarios forestales de la FAO. Los períodos de sesiones bienales del COFO se celebran para identificar nuevas cuestiones técnicas y de política, para buscar soluciones y para asesorar a la FAO acerca de las prioridades y las medidas que deben adoptarse. Las observaciones formuladas por las delegaciones indican que gracias a la existencia de un destacado presidente (Lael Bethlehem, Jefe de la Dirección de Montes del Departamento de Asuntos Hídricos y Forestales de Sudáfrica), un comité de redacción equilibrado, un vivo debate sobre los temas del programa que respondían a los intereses de los países miembros, y la introducción de algunas reuniones informales con anterioridad a las sesiones plenarias, el período de sesiones del COFO se desarrolló a satisfacción de los miembros.

Los programas forestales de la FAO

El Comité examinó los programas de la FAO en el sector forestal, así como la aplicación de las peticiones y recomendaciones que se habían formulado en el 14º período de sesiones del Comité. Tomó nota de que se había asignado un porcentaje elevado del presupuesto del Programa ordinario a los cuatro aspectos prioritarios identificados en el plan estratégico forestal de la FAO (estadísticas e información forestales a nivel mundial; tecnologías y metodologías para la conservación y aprovechamiento sostenible de los árboles, las tierras arboladas y los bosques; fortalecimiento institucional; y apoyo a los procesos internacionales que influyen en los bosques). El Comité recomendó que la FAO siguiera apoyando los programas forestales nacionales e informando a los países miembros sobre los procesos internacionales, incluso los distintos convenios relacionados con los bosques, con el fin de ayudar a los países a participar en el diálogo internacional sobre política forestal. El Comité respaldó las prioridades programáticas en el sector forestal incluidas en el Plan a plazo medio de la Organización y subrayó la importancia de la labor que se había propuesto llevar a cabo en las esferas de la información sobre los bosques y los recursos arbóreos y su utilización; los programas forestales nacionales y los procesos relativos a los criterios e indicadores, incluyendo la creación de capacidad institucional y el desarrollo de los recursos humanos; los estudios de perspectivas; la profundización de los fundamentos técnicos de la ordenación sostenible de los recursos forestales, la conservación y desarrollo de los bosques y la mejora de la extracción y utilización de los productos forestales; la facilitación de la cooperación regional e internacional sobre los bosques, incluso la aplicación de las propuestas de acción del Grupo Intergubernamental sobre los Bosques (GIB) y el Foro Intergubernamental sobre los Bosques (FIB); las iniciativas encaminadas a luchar contra la desertificación; y el fomento de la equidad social y económica y del bienestar humano a través de las actividades forestales participativas. El Comité apoyó la estrategia de la FAO de fortalecer la cooperación con otras instancias que desarrollan su labor en el sector forestal y recomendó una colaboración más estrecha con otros sectores, incluido el sector agrícola.

La FAO y la OIMT copatrocinan una reunión sobre los incendios forestales

Pese a que ha aumentado la asignación de recursos al efecto, en los últimos años ha aumentado el número, la magnitud y el impacto de los incendios forestales en muchos países. La reunión internacional de expertos FAO/Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) sobre la lucha contra los incendios forestales, que se celebró en la sede de la FAO del 7 al 9 de marzo de 2001, señaló que los incendios de bosques y vegetación que no están sometidos a ordenación y planificación tienen efectos negativos sobre la salud humana y los medios de subsistencia, la disponibilidad de productos y servicios forestales, la diversidad biológica y el clima.
La reunión se organizó para examinar medidas relacionadas con la colaboración internacional, el fomento de la capacidad y el desarrollo de los recursos humanos, así como mecanismos de apoyo a la cooperación para la lucha contra los incendios forestales a escala bilateral, regional e internacional. Otro de los objetivos era explorar la posibilidad de establecer acuerdos entre dos o más países para compartir recursos, personal y equipo. Asistieron a ella expertos de 16 países y especialistas de los dos organismos copatrocinadores. Los participantes en la reunión de expertos reconocieron que las políticas de aprovechamiento sostenible de los bosques y la tierra son la base para afrontar con éxito los incendios forestales. Si no se adoptan prácticas de ordenación forestal sostenible, no podrán tener éxito las medidas de lucha contra los incendios forestales, incluidas las intervenciones de urgencia. Se señaló que para combatir de forma sostenible los incendios de los bosques y las zonas naturales es necesaria la participación de todos los interesados, en especial, las comunidades locales.
La reunión de expertos recomendó que la FAO colabore en la formulación de normas relativas a la recogida de datos que cumplan los requisitos y necesidades nacionales e internacionales en materia de elaboración de informes sobre la lucha contra los incendios; examine las actividades en curso relativas a la lucha contra los incendios forestales para aclarar los vínculos entre los organismos y organizaciones para facilitar la cooperación y determinar las deficiencias existentes; apoye los esfuerzos de los organismos nacionales, regionales e internacionales relacionados con la elaboración e intercambio de información sobre todos los aspectos relacionados con este tema mediante la identificación de centros nacionales de coordinación y apoyando la preparación de perfiles nacionales relativos a los incendios forestales; facilite el intercambio de experiencias, información y conocimientos técnicos promoviendo la colaboración institucional; y apoye actividades que permitan poner en contacto a profesionales y responsables políticos locales y ayuden a fomentar la concienciación y la capacidad.

Los numerosos incendios forestales que se han registrado en la mayor parte de las regiones del mundo en los últimos años han subrayado la necesidad de establecer acuerdos internacionales, fomentar la capacidad nacional y elaborar mecanismos eficaces para las intervenciones de urgencia a nivel nacional a fin de que los países puedan afrontar con eficacia esas situaciones de emergencia utilizando sus propios recursos y asistencia exterior. La reunión de expertos subrayó la necesidad de facilitar y apoyar el establecimiento de acuerdos bilaterales y multilaterales entre países para prepararse y dar respuesta a las situaciones de urgencia derivadas de incendios forestales, sobre la base de la experiencia adquirida.

La reunión de expertos tomó nota de que la evaluación, seguimiento y elaboración de informes sobre los progresos conseguidos en la ordenación forestal sostenible serían uno de los componentes principales del programa de trabajo del Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques (FNUB) recientemente establecido. Reconoció la función de la FAO para ayudar a racionalizar las actuaciones a este respecto, incluso la preparación de informes sobre los incendios forestales, y constató que la Asociación de Cooperación en Materia de Bosques (ACB) podía fomentar la colaboración interinstitucional en esa esfera. Se están adoptando las medidas oportunas para poner en práctica las recomendaciones de los participantes en la reunión.

Acuerdos de intervención en situaciones de emergencia

Hasta la fecha, la FAO ha recibido los ejemplares de los acuerdos internacionales de intervención en situaciones de emergencia. Estos acuerdos se enumeran en la tabla, indicando: partes signatarias del acuerdo, nombre y fecha del acuerdo, y un breve esquema de los propósitos del acuerdo. Desde la página web del Departamento de Montes de la FAO, se puede acceder a los textos completos: (http://www.fao.org/forestry/foris/index.jsp?start_id=5288).
Algunos de dichos acuerdos internacionales sobre incendios forestales disponen de directrices operacionales y planes de operación anuales, que incluyen los detalles de procedimiento para la ejecución de dichos acuerdos. Estos documentos, por lo general, se revisan con asiduidad todos los años, para ajustar la puesta en práctica de estos acuerdos a las circunstancias concretas de las partes
involucradas.

Ejemplos de acuerdos internacionales de intervención en situaciones de emergencia


Partes signatarias

Nombre y fecha


Propósito


España / Portugal
Protocolo entre el Reino de España y la República de Portugal en relación a la cooperación técnica y la asistencia mutua en protección
civil, 1993.
Preparación y ejecución de proyectos de cooperación científica y técnica en relación a la protección civil (Artículo 1).

Francia / España
Acuerdo de asistencia mutua entre Francia y España para la lucha contra incendios y servicios de
asistencia, 1960.
Facilitar la asistencia mutua y el envío rápido de ayuda en caso de emergencia en la zonas fronterizas.

Marruecos / España
Acuerdo sobre cooperación técnica y asistencia mutua en protección civil, 28 de diciembre de 1992.
Mejorar la investigación técnica y científica, y proporcionar ayuda mutua en caso de catástrofe o
emergencias.











Argentina / Chile
Acuerdo entre la República de Argentina y la República de Chile sobre cooperación en caso de catástrofe, 1997.
Las partes cooperarán en los siguientes campos:
intercambio de información con el fin de prevenir las catástrofes y sus efectos.
Intercambio de información y experiencias en relación a la actuación en caso de emergencia.
Intercambio de información tecnológica de utilidad, que se aplique en casos de emergencia.
Elaboración y desarrollo de programas, proyectos y planes conjuntos para emergencias.
Desarrollo de planes para
mitigar los riesgos comunes y la coordinación operativa para enfrentarse a dichos riesgos.
Colaboración en casos de emergencia mediante:
recursos humanos y medios de asistencia;
utilización de medios técnicos y logística;
aportación de ayuda médica y alimentos para mitigar los efectos de las
emergencias (Artículo 2).


Argentina / Chile
Acuerdo sobre protección de las zonas forestales fronterizas contra incendios, 1967.
Establecer un sistema efectivo de cooperación para la protección de las superficies forestales comunes de las zonas fronterizas contempladas en el acuerdo, incluido un programa de prevención, verificación y
extinción de incendios (Artículo 1).






Finlandia / Federación Rusa
Acuerdo por y entre el Gobierno de la República de Finlandia y el Gobierno de la Federación Rusa sobre cooperación para la prevención de desastres y evitar sus consecuencias, 1994.
Fomentar la cooperación en las siguientes áreas:
desarrollo de actuaciones y métodos que aumenten las posibilidades de las partes signataria para la prevención de desastres, para notificarlos, y evitar sus consecuencias;
notificación de los desastres que tengan efectos adversos en las fronteras estatales; y
asistencia mutua para evitar las consecuencias de dichos desastres (Artículo 2)







México / Estados Unidos de América
Acuerdo para protección contra
incendios forestales entre el Departamento de Interior y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América, y la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesquerías de los Estados Unidos Mexicanos en la frontera común.
El propósito de este acuerdo es:
permitir el cruce de la frontera EE.UU./México de las brigadas de lucha contra incendios forestales, que se inicien en uno de los territorios de cualquiera de estos países, con el fin de extinguir dichos incendios al otro lado de la frontera, dentro de la zona de asistencia mutua y en las circunstancias oportunas;
autorizar a las partes para cooperar en otras actividades de lucha contra incendios fuera de la zona de asistencia mutua
(Artículo I).


Nueva Zelanda / Estados Unidos de América
Acuerdo sobre incendios forestales entre el Departamento de Interior y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América, y
el Servicio Nacional contra Incendios Forestales de Nueva Zelanda, 2001
Fijar un marco dentro del cual uno de las partes pueda requerir y recibir recursos para la extinción de incendios forestales de la otra parte,
y fomentar la cooperación en otras actividades de prevención de incendios



China / Rusia
Acuerdo sobre control conjunto de incendios forestales entre el Gobierno de la República Popular de China y el Gobierno de la Federación Rusa, 1995.
Mejorar la lucha contra los incendios forestales en las zonas fronterizas, compartir conocimientos sobre dichos incendios, ayuda mutua en la prevención de los mismos, y
reducir las pérdidas que provocan.




Estados Unidos de América / Australia-Nueva Zelanda
Acuerdo internacional entre el Departamento de Interior, la Oficina de Ordenación Territorial, el Departamento de Agricultura, y el Servicio Forestal para el grupo de coordinación nacional entre organismos, por y en nombre del Gobierno de los Estados Unidos de América, y la Secretaría del Departamento de Recursos Naturales y de Medio Ambiente, por sí misma y como representante de la Corona en nombre de todos los Estados y Territorios Australianos, y de la Corona en nombre de Nueva Zelanda, 2000.
Facilitar la asistencia mutua en la extinción de incendios entre Australia, Nueva Zelanda y los Estados Unidos (Artículo I).






Canadá / Estados Unidos de América
Acuerdo de protección contra incendios forestales en los territorios del noroeste, 1998.
Promover la prevención eficaz, las actividades previas a la extinción, y el control de los incendios forestales en la región del noroeste de los Estados Unidos y zonas adyacentes de Canadá, proporcionando ayuda mutua en la prevención, actividades previas a la extinción, y la lucha contra dichos incendios, y establecer los procedimientos de los planes de trabajo que facilitarán dicha ayuda
(Artículo I).





Canadá / Estados Unidos de América

Ley parlamentaria sobre el convenio entre estados ( #129 – Período de Sesiones 81º del Congreso de los EE.UU), para la protección contra los incendios forestales en el nordeste.

Fomento de la prevención efectiva y la lucha contra los incendios forestales en la región del nordeste de los Estados Unidos y las zonas adyacentes de Canadá, mediante el mantenimiento de los servicios adecuados para la extinción de incendios forestales, y la ayuda mutua en la extinción de dichos
incendios entre los estados y provincias de la región (Articulo 1).




Mongolia / Rusia


Borrador de acuerdo sobre cooperación en la protección contra incendios forestales y en la estepa, entre la Federación Rusa y Mongolia.
Mejorar la protección contra incendios en las regiones forestales y esteparias a lo largo de la frontera entre Rusia y Mongolia (20 km. a ambos lados de la frontera), compartiendo medios para la extinción de incendios, evitándolos,
y reduciendo las pérdidas ocasionadas por dichos incendios.


Francia / Italia
Acuerdo en relación a la intervención de aviones cisterna contra incendios en caso de asistencia mutua durante incendios
forestales.
Este acuerdo establece, cuando se precise asistencia mutua, los procedimientos para pedir dicha asistencia, y la duración de la
misma.




Italia / Suiza
Acuerdo entre la República de Italia y la Confederación Helvética sobre cooperación en el campo de la prevención del riesgo de incendios y la ayuda mutua en caso de desastres naturales o actividades humanas, 1995.
Este acuerdo define las condiciones bajo las que las partes se prestarán, dentro de los límites de sus posibilidades, asistencia en caso de desastre natural, o debido a actividades humanas que amenacen la vida, los bienes o el medio
ambiente.





Grecia / Malta
Acuerdo entre el Gobierno de la República Griega y el Gobierno de Malta sobre protección civil, 2001.
Este acuerdo favorece la cooperación técnica y científica entres estos estados en la gestión de emergencias, así como la colaboración a la hora de aprobar políticas en el campo de la prevención y protección contra desastres naturales, además de la lucha contra las emergencias que se extiendan más allá de las fronteras estatales, o que no puedan ser eliminadas con los medios de una
sola de las partes.

  

Grecia / Chipre
Acuerdo entre el Ministerio de Orden Público de la República de Grecia, y el Ministerio de Justicia y Orden Público de la República de Chipre sobre cooperación de sus respectivos Cuerpos de Bomberos,
dentro de sus competencias.
La traducción del griego no estaba disponible cuando se actualizó este informe en agosto de 2003.

Finlandia / Estonia
Acuerdo de Operaciones entre el Grupo de Emergencias de la República de Estonia y el Ministerio del Interior de la
República de Finlandia, 1995.
Este acuerdo fija un marco para el intercambio de información, petición de ayuda y asistencia mutua.




España / Portugal
Protocolo adicional sobre asistencia mutua en el caso de incendio forestal en las zonas fronterizas, incluido dentro del Protocolo entre el Reino de España y la República de Portugal sobre cooperación técnica y asistencia mutua en asuntos de protección civil, acordado en Évora el 9 de marzo de
1992, Figueira da Foz, 2003.
Este protocolo facilita la intervención de ambas partes en el caso de incendio forestal, que tenga lugar dentro de un franja de 5 km. a ambos lados de la frontera. Tiene como objetivo reducir el período de tiempo entre el inicio del incendio y la respuesta de los cuerpos de combate contra el fuego.

Otros acuerdos

Se han recibido nueve acuerdos internacionales, y otros cuatro documentos de la Comunidad Europa que no tratan sobre las intervenciones en situaciones de emergencia,pero que afectan a otros aspectos de la cooperación sobre incendios forestales. Son los siguientes:
·       Ghana / Provincia de la Columbia Británica (Canadá). Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República de Ghana y el Gobierno de la Provincia de la Columbia Británica, 1999 (Sobre formación y consultas sobre extinción de incendios).
·       Finlandia / Burkina Faso. Acuerdo entre el Gobierno de la República de Finlandia y el Gobierno de la República de Burkina Faso, en relación a la ayuda finesa para la lucha contra los incendios de matorral, 1998.
·       Indonesia / Malasia. Modelo de procedimientos del Memorándum de Entendimiento sobre Desastres Naturales entre Indonesia y Malasia. Este es el documento que fija los procedimientos para poner en práctica dicho memorándum.
·       Brasil / Estados Unidos de América. Acordo de cooperação entre o Serviço Florestal  do Departamento de Agricultura dos Estados Unidos da América e o Instituto  Brasileiro do Meio Ambiente e Recursos Naturais Renováveis do Ministério do Meio Ambiente para cooperação em fogo e mudanças ambientais nos ecossistemas tropicais.
·       Grecia / China. Acuerdo entre el Ministerio de Agricultura de la República de Grecia y la Administración del Estado de la República Popular de China sobre cooperación en silvicultura, junio de 2002.
·       Turquía / Uzbekistán. Protocolo sobre Silvicultura entre el Ministerio de Montes de la República de Turquía y el Ministerio de Montes de Uzbekistán, 1997.
·       Nicaragua / Costa Rica. Acuerdo Internacional sobre Colaboración en el Campo de los Incendios Forestales, 1996.
·       Chipre – Líbano – Marruecos – Siria – Túnez. Borrador del acuerdo internacional de cooperación para compartir información sobre incendios forestales y la prevención de los mismos en el área mediterránea, 1996.
·       Líbano / Francia. Borrador del acuerdo para la protección de los bosques contra los incendios forestales dentro del Marco de Cooperación con Francia, 1997.
·       Decisión de la Unión Europea de 2 de octubre de 2001, que establece un mecanismo comunitario para facilitar los refuerzos de la cooperación en protección civil.
·       Reglamento Nº 2158/92 de 23 de julio de 1992, sobre protección de los bosques comunitarios contra los incendios forestales.
·       Reglamento de la Comisión Nº 804/94 de 11 de abril de 1994, que fija ciertas normas detalladas para la aplicación del Reglamento del Consejo Nº 2158/92, en lo que  respecta a los sistemas de información sobre incendios forestales.
·       Reglamento de la Comisión Nº 1727/1999 de 28 de julio de 1999, que fija ciertas normas detalladas para la aplicación de la Norma del Consejo No. 2157/92 sobre la protección de los bosques comunitarios contra los incendios forestales.
·       Reglamento del Consejo y del Parlamento Europeo (CE) Nº 2152/2003 de 17 de noviembre de 2003, relativo al seguimiento de las interacciones medioambientales y forestales de la Comunidad (Enfoque forestal).

Estos acuerdos están disponibles a través de FAOLEX, la base de datos legislativa de la FAO.

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