El Ministerio mantiene diversas reuniones de
coordinación técnica con diferentes administraciones públicas competentes en la
defensa y lucha contra los incendios forestales, asimismo realiza distintas
actuaciones conducentes a una adecuada planificación de las estrategias y
políticas adoptadas por este departamento ministerial en esta materia.
Por otro lado, la acción del Estado en materia
de incendios forestales, se encuadra entre las competencias en materia de
política forestal desarrolladas por el Ministerio.
CENTRO DE COORDINACIÓN DE LA
INFORMACIÓN NACIONAL SOBRE INCENDIOS FORESTALES (CCINIF)
Las funciones que
el Real Decreto Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban
medidas urgentes en materia de incendios forestales, encomendó al Centro de Coordinación de la Información
Nacional sobre Incendios Forestales (CCINIF) son las siguientes:
· Elaboración de la estadística nacional de incendios
forestales. El artículo 28 de la Ley de Montes 43/2003, otorga al
Ministerio junto con los demás órganos competentes de la Administración
General del Estado y las comunidades autónomas la elaboración de la Estadística
forestal española, que incluye los incendios forestales. Las comunidades
autónomas deben proporcionan al Ministerio, antes del tercer cuatrimestre de
cada año, la información estadística referente a los incendios acontecidos el
año anterior. Mediante el procesado de la información recibida se elabora
anualmente el informe
sobre los incendios forestales en España.
· Canalización y disposición a las administraciones
competentes de la información en tiempo real. El CCINIF pone a
disposición de las diferentes administraciones públicas y del público en
general, a través de su
páginaweb y en tiempo cuasi real, información relacionada con el
riesgo de incendios forestales, los incendios forestales una vez que se
producen y los medios materiales, técnicos y personales disponibles en
cada momento para su extinción. La información que el CCINIF publica
diariamente es la siguiente, que puede consultarse en el
apartado Extinción:
· Parte diario provisional: información
actualizada a tiempo real de los incendios forestales con actuación de medios
de apoyo del Estado.
· Parte diario definitivo: información
actualizada diariamente con las actuaciones de medios de apoyo del
Estado en los incendios del día anterior.
· Parte diario riesgo: información actualizada
diariamente con el riesgo de incendio forestal para el día siguiente.
· Información sobre riesgo de incendios a nivel
europeo (fuente EFFIS).
· Estadística provisional de incendios: información
actualizada semanalmente (del 01 julio al 30 septiembre) de los siniestros
ocurridos y superficies afectadas. Fuera de este periodo la información se
actualiza de forma mensual.
· Medios de apoyo estatales: información estática
sobre la disponibilidad de medios, periodos operativos y normas de movilización
de éstos.
· Apoyo y refuerzo a las comunidades autónomas a
través del despacho de medios estatales de extinción
El Ministerio despliega
anualmente un amplio número de medios de extinción, tanto materiales como
humanos, para prestar apoyo a las comunidades autónomas en la defensa contra
incendios forestales. Se puede acceder a más información sobre estas
actuaciones en el apartado Extinción.
COMISIÓN PARITARIA MINISTERIO DE
DEFENSA - MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Los departamentos de defensa y medio ambiente
españoles suscribieron, el 28 de diciembre del año 2007, un protocolo
específico para atender las necesidades de los medios aéreos de lucha contra
incendios de los que es titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación. Este protocolo, que sustituye al anteriormente vigente, establece
las condiciones por las cuales el Ministerio de Defensa atiende las necesidades
de operatividad, mantenimiento y disponibilidad de estos medios aéreos.
Asimismo se establecen las condiciones de coordinación y complementariedad de
estos medios con el conjunto de los medios de la Unidad Militar de
Emergencias (UME)
De acuerdo con la legislación
vigente, se desarrolla el protocolo de intervención de la UME,
estableciéndose que los medios aéreos de lucha contra incendios operados por
el 43 Grupo de las Fuerzas Aéreas
se adscriben orgánicamente al Ministerio de Defensa y funcionalmente al
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que decidirá sobre su
utilización.
La Comisión Paritaria establecida en el
protocolo se reúne, como mínimo, dos veces al año para decidir entre otras
cosas el despliegue de los medios aéreos y la liquidación económica de cada campaña.
COMITÉ DE LUCHA CONTRA INCENDIOS
FORESTALES (CLIF)
El CLIF es un comité de carácter técnico,
formado por representantes de todas las administraciones competentes en materia
de incendios forestales. Se reúne dos veces al año, antes y después de la
campaña estival, para coordinar las actuaciones de defensa contra incendios a
nivel nacional.
En el CLIF se presenta a las comunidades
autónomas el Plan de Campaña Anual de despliegue de medios estatales.
Posteriormente este Plan es aprobado por los correspondientes Directores
Generales, en Conferencia Sectorial de Medio Ambiente y finalmente en Consejo
de Ministros.
Asimismo en el CLIF se presentan
los avances y trabajos desarrollados por los distintos Grupos de Trabajo dependientes de este comité.
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